Sindicato de Enseñanza de CCOO de Asturias | 16 abril 2024.

Reduccción jornada mes de junio. NOTA ACLARATORIA

    24/05/2021.

    Por Resolución de 3 de junio de 2020, se aprobó el calendario escolar para el curso 2020-2021, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por Resolución de 9 de septiembre de 2020.

    En el apartado 5 del anexo se establece la organización del tiempo escolar. Este apartado ha sido modificado, por Resolución de 30 de abril de 2021, de la Consejería de Educación, de segunda modificación de la Resolución de 3 de junio de 2020.

    Con relación a esta segunda modificación han sido varios los centros educativos que han planteado dudas acerca de su sentido y alcance, por lo cual, se ha considerado oportuno aclarar su contenido, en el sentido que a continuación se indica:

    PRIMERO.- Solo podrán establecer jornada reducida en el mes de junio, aquellos centros que cumplan TODOS los requisitos siguientes:

    • Dispongan de servicio de transporte escolar dependiente de la Consejería de Educación.
    • Dispongan de servicio de comedor dependiente de la Consejería de Educación de octubre a mayo.
    • Que el servicio de comedor de la Consejería de Educación, no se preste durante el mes de junio.
    • Puedan compatibilizar los horarios de salida, con la prestación del servicio de transporte realizado por el Consorcio de Transporte de Asturias.

    SEGUNDO.- El resto de centros de educación infantil, primaria y educación especial, no podrá establecer jornada reducida durante el mes de junio.

    La finalidad de la modificación efectuada, tal como indica la resolución citada, es solventar las dificultades organizativas de los centros, a fin de que cada uno pueda adaptarse a la realidad de su contexto, con el objeto de garantizar el servicio de transporte escolar, en coordinación con los Institutos de Enseñanza Secundaria y el Consorcio de Transportes de Principado de Asturias.