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Elecciones Junta de Personal Docente no Universitaria 2022. Instrucciones voto por correo

  • Instrucciones para la solicitud del voto por correo

11/11/2022.

Elecciones Junta de Personal Docente no Universitaria 2022.

Instrucciones voto por correo

Instrucciones para la solicitud del voto por correo

INSTRUCCIONES PARA EL VOTO POR CORREO

El artículo 44 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Públicoestablece que la elección a miembros de la Junta de Personal se realizará mediantesufragio personal, directo, libre y secreto que podrá emitirse por correo.

La votación por correo se regula detalladamente en el artículo 19 del Reglamento(Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba elReglamento de elecciones a órganos de representación del personal del servicio dela Administración General del Estado).

- Procedimiento para el ejercicio del voto por correo: comunicación.

Cuando algún elector o electora prevea que en la fecha de votación no seencontrará en el lugar que le corresponda ejercer el derecho de sufragio, podráemitir su voto por correo.

Para ello deberá comunicarlo previamente a la Mesa Electoral Coordinadora, através de la Oficina de Correos por correo certificado, de la siguiente forma

:1º La comunicación se realizará mediante la solicitud de voto por correo en elmodelo que se adjunta.2º Una vez cumplimentada y firmada la solicitud se introducirá en un sobre dirigidoa:

MESA ELECTORAL COORDINADORA.

Consejería de Educación

Plaza de España, 5, 6ª planta

33007 Oviedo

3º El interesado o interesada deberá comparecer personalmente en la Oficina deCorreos con el sobre abierto, para que el trabajador o trabajadora postal estampeel sello de fechas, previa identificación de la persona que solicita el voto por correoa través de su DNI y comprobación de firmas, antes de ser certificado.

4º La comunicación también podrá ser efectuada en nombre del elector o electorapor persona debidamente autorizada, acreditando ésta su identidad yrepresentación bastante.

5º PARA ASEGURAR LA EFECTIVIDAD DE ESTE PROCEDIMIENTO SE DEBERÁREALIZAR ESTA COMUNICACIÓN ANTES DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE.

- Remisión de papeletas

Una vez recibida la solicitud, la Mesa Electoral Coordinadora comprobará que lapersona comunicante está incluida en la lista de electores y electoras, procederá aanotar en ella la petición, y se le remitirán al domicilio por ella indicado toda lasiguiente documentación:

 Sobre electoral.

 Papeletas de todas las candidaturas.

 Un sobre más grande en el que constará la dirección de la Mesa Electoralparcial que le corresponde.- Emisión del votoRecibida esta documentación, el elector o electora:

1º Introducirá la papeleta que elija en el sobre electoral remitido y lo cerrará;

2º a continuación lo introducirá en el sobre grande, con la dirección de la MesaElectoral parcial en la que le corresponda ejercer su derecho a voto; tambiénacompañara una fotocopia de su DNI.

3º Finalmente lo enviará todo por correo certificado.

- Custodia, cómputo y concurrencia de papeletas

- Recibido el sobre certificado se custodiará por el Secretario o Secretaria de laMesa hasta la votación, quien, al término de ésta y antes de comenzar el escrutinio,lo entregará al Presidente o Presidenta que procederá a su apertura, e identificadoel elector o electora con el DNI, introducirá la papeleta en la urna electoral y declarará expresamente haber votado

.‐ Si el voto por correo se recibe con posterioridad a la terminación de la votación,no se computará el voto ni se tendrá como votante al elector, se procederá a laincineración del sobre sin abrir, dejando constancia de tal hecho.

‐ Si el elector que hubiese optado por el voto por correo se encontrara presente eldía de la votación y decidiese votar personalmente, podrá hacerlo y le serádevuelto el remitido por correo; si se recibiera con posterioridad, se incinerará.

Modelo de solicitud (pdf)