Sindicato de Enseñanza de CCOO de Asturias | 26 abril 2024.

Elecciones sindicales Junta de Personal Docente. Reclamación al censo e instrucciones para el voto por correo

  • Plazo mínimo de exposición del censo en los centros: 72 horas (entre las 16:00 del 18 de octubre y las 16:00 del 23 de octubre)
  • Plazo para reclamaciones al censo: hasta las 16:00 horas del 25 de octubre.
  • Las elecciones se celebrarán el 4 de diciembre. Si ese día prevees que no vas a estar en el lugar que te corresponda votar solicita el voto por correo antes del 20 de noviembre.

22/10/2018.

INFORMACIÓN PREVIA PARA FACILITAR LA POSIBLE RECLAMACIÓN:

De acuerdo con el calendario definitivo del proceso de elecciones sindicales 2018 aprobado por la Mesa Electoral Coordinadora: 

Plazos mínimos de exposición del censo en los centros educativos: 72 horas (3 días), que al menos deberán ser en el plazo comprendido entre las 16:00 horas del día 18 de octubre y las 16:00 horas del día 23 de octubre. 

Plazo para efectuar reclamaciones: (inclusiones o exclusiones indebidas de alguna persona, datos erróneos?), hasta las 16:00 hora del día 25 de octubre.

Formas de realizar la reclamación: siempre de forma individual, cubriendo el modelo orientativo que se facilita en el modelo adjunto o a través de un "Expone y Solicita" tipo.


INSTRUCCIONES PARA EL VOTO POR CORREO

El artículo 44 del EBEP establece que la elección a miembros de la Junta de Personal se realizará mediante sufragio personal, directo, libre y secreto que podrá emitir por correo.
La votación por correo se regula detalladamente en el artículo 19 del Reglamento (Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación del personal del servicio de la Administración General del Estado).

- Procedimiento para el ejercicio del voto por correo: comunicación. Cuando algún elector o electora prevea que en la fecha de votación no se encontrará en el lugar que le corresponda ejercer el derecho de sufragio, podrá emitir su voto por correo. Para ello deberá comunicarlo previamente a la Mesa Electoral Coordinadora, a través de la Oficina de Correos por correo certificado, de la siguiente forma:

1º La comunicación se realizará mediante la solicitud de voto por correo en el modelo que se adjunta.

2º Una vez cumplimentada y firmada la solicitud se introducirá en un sobre dirigido a: MESA ELECTORAL COORDINADORA. Consejería de Educación y Cultura Plaza de España, 5, 4ª planta 33007 Oviedo

3º El interesado o interesada deberá comparecer personalmente en la Oficina de Correos con el sobre abierto, para que el trabajador o trabajadora postal estampe el sello de fechas, previa identificación de la persona que solicita el voto por correo a través de su DNI y comprobación de firmas, antes de ser certificado.

4º La comunicación también podrá ser efectuada en nombre del elector o electora por persona debidamente autorizada, acreditando ésta su identidad y representación bastante.

5º SE DEBERÁ REALIZAR ESTA COMUNICACIÓN ANTES DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE. PARA ASEGURAR LA EFECTIVIDAD DE ESTE PROCEDIMIENTO SE RECOMIENDA SOLICITAR EL VOTO POR CORREO NO MÁS TARDE DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE.

- Remisión de papeletas
Una vez recibida la solicitud, la Mesa Electoral Coordinadora comprobará que la persona comunicante está incluida en la lista de electores y electoras, procederá a anotar en ella la petición, y se le remitirán al domicilio por ella indicado toda la siguiente documentación: 

-Sobre electoral.
-Papeletas de todas las candidaturas.
- Un sobre más grande en el que constará la dirección de la Mesa Electoral parcial que le corresponde.

 Emisión del voto
Recibida esta documentación, el elector o electora:
1º Introducirá la papeleta que elija en el sobre electoral remitido y lo cerrará;
2º a continuación lo introducirá en el sobre grande, con la dirección de la Mesa Electoral parcial en la que le corresponda ejercer su derecho a voto; también acompañara una fotocopia de su DNI.
3º Finalmente lo enviará todo por correo certificado.

- Custodia, cómputo y concurrencia de papeletas

- Recibido el sobre certificado se custodiará por el Secretario o Secretaria de la Mesa hasta la votación, quien, al término de ésta y antes de comenzar el escrutinio, lo entregará al Presidente o Presidenta que procederá a su apertura, e identificado el elector o electora con el DNI, introducirá la papeleta en la urna electoral y declarará expresamente haber votado.
‐ Si el voto por correo se recibe con posterioridad a la terminación de la votación, no se computará el voto ni se tendrá como votante al elector, se procederá a la incineración del sobre sin abrir, dejando constancia de tal hecho.
‐ Si el elector que hubiese optado por el voto por correo se encontrara presente el día de la votación y decidiese votar personalmente, podrá hacerlo y le será devuelto el remitido por correo; si se recibiera con posterioridad, se incinerará.