Sindicato de Enseñanza de CCOO de Asturias | 28 marzo 2024.

Plazo de alegaciones : desde el 5 hasta el 12 de abril de 2022, ambos inclusive. Durante este plazo, los participantes podrán desistir de su participación voluntaria en la convocatoria

Concurso de traslados 2021-2022

  • Baremo definitivo
  • Vacantes iniciales provisionales
  • Adjudicación provisional

04/04/2022.
Concurso de traslados

Concurso de traslados

VACANTES INICIALES PROVISIONALES

Resolución de 4 de abril de 2022, por la que se publican las vacantes iniciales provisionales que servirán de base para la adjudicación provisional del Concurso de Traslados convocado mediante Resolución de 5 de noviembre de 2021.

Resolución de 4 de abril de 2022 (pdf)

BAREMO DEFINITIVO 

Resolución de 4 de abril de 2022, por la que se publica la relación definitiva del personal funcionario de carrera participante en el Concurso de Traslados, convocado mediante Resolución de 5 de noviembre de 2021, con la puntuación que se les asigna.

Resolución de 4 de abril de 2022 (pdf)

✅ADJUDICACIÓN PROVISIONAL

Resolución de 4 de abril de 2022 por la que se publica la adjudicación provisional del concurso de traslados convocado mediante Resolución de 5 de noviembre de 2021.

Resolución de 4 de abril de 2022 (pdf)

Manual para la renuncia al concurso de traslados de forma telemática (pdf) 

De acuerdo con lo previsto en la convocatoria, que concede “un plazo de ocho días naturales” para que las personas interesadas puedan presentar alegaciones, se podrán presentar alegaciones en el plazo que va desde el 5 de abril hasta el 12 de abril de 2022, ambos inclusive.

Las alegaciones, se presentarán, dentro de los plazos que se señalan en este apartado, en la Oficina de Registro así como en cualquiera de las dependencias a las que alude el artículo 16 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Durante este plazo, los participantes podrán desistir de su participación voluntaria en la convocatoria, teniendo en cuenta que los destinos adjudicados en la Resolución definitiva son irrenunciables.

Los desistimientos podrán presentarse mediante el sistema electrónico establecido al efecto en el portal educativo Educastur, o mediante escrito, que se presentarán, dentro de los plazos que se señalan en este apartado, en la Oficina de Registro así como en cualquiera de las dependencias a las que alude el artículo 16 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La admisión del desistimiento produce, en todos los casos, la baja automática en la convocatoria.